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Flagrancia aceleró los procesos para víctimas y magistrados

La Ley de Procedimientos para casos de Flagrancia, en vigencia desde hace siete meses, modificó el Código Penal para que los jueces puedan brindar una resolución rápida a algunas causas. Algunas, que tardaban 24 meses, se redujeron a uno.
Los tiempos procesales son importantes y, a menudo, llevan a pensar a la Justicia como una institución cuyos plazos dilatados atentan contra su propia eficacia: la Ley 27.272, de Procedimientos para casos de Flagrancia, permite que se juzgue con rapidez a una persona hallada cometiendo un delito.

La idea que late bajo esta ley (que entró en vigencia en diciembre de 2016) es que cuando alguien es capturado al momento de cometer un delito de acción pública sea puesto a disposición del juez de manera inmediata.

Así, se permite aligerar la carga laboral de los tribunales y, simultáneamente, los tiempos procesales. Los números indican que, en promedio, procesos que insumían una duración de 2 años, quedan reducidos finalmente a 30 días.

La primera audiencia con el juez tiene lugar apenas 30 horas después de la detención del imputado, y las estadísticas más recientes, divulgadas por la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, indican que el 54 por ciento de los casos se resolvió durante ese primer encuentro.


Asimismo, sobre 100 acusados, 63 conservaron su libertad mientras que a alrededor de un tercio restante se le aplicó la prisión preventiva.

A partir de la aplicación de la Ley de Flagrancia, las capacitaciones de la cartera judicial destinadas a operadores del sistema de justicia se extendieron en 14 provincias.

Experiencias con Flagrancia

La ley 27.272 es aplicable a quienes son detectados en plena infracción, cometiendo delitos cuya pena máxima no supere los 15 años de prisión, o 20 años para un abuso sexual o un robo con arma de fuego.

Sin excepción, los casos tienen su resolución en el curso de audiencias orales y públicas. Los jueces tienen que transmitir su decisión en un lenguaje accesible tanto a la comprensión de las víctimas como de los imputados.

“En esta ley vemos muchos beneficios: la agilización del trámite, el conocimiento inmediato de la persona aprehendida y la resolución más ágil del proceso”, sostiene Lucrecia Rojas de Baradó, jueza del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes.

Para la magistrada, esta normativa permite “abocarnos a hacer más rápidos los expedientes más antiguos y no dejar que la demora beneficie a los imputados y a sus abogados, que juegan con los tiempos especulando para que la causa no avance o se caiga”.

Dayra Fernández, estudiante de Derecho en la Universidad de Buenos Aires, evalúa que “facilita que la víctima tenga presencia en la audiencia y permite resolver mucho más rápido los casos”, y agrega que “como lo que está en juego es la libertad de una persona, es muy importante dar una respuesta certera y veloz”.

En términos de beneficio para la ciudadanía, afirma que “si una persona el día de mañana sufre un delito, la obligación de que los jueces se expresen en un lenguaje claro, no técnico, le permite entender el proceso que además, es más corto porque no se necesitan más pruebas al ser atrapado en plena comisión del delito”.

Para Martina Salas, empleada doméstica, las bondades de la ley son nítidas: “Cuando a uno le hacen daño, no deben demorar mucho las cosas: el culpable tiene que ir detenido y el juez debe actuar lo más rápido posible”.

Por su parte, Mariela Gallardo, cuyo esposo falleció en un accidente de tránsito, aprueba la ley porque “permite que un juez pueda hablar con las víctimas, o con sus familiares, y que no todo se resuelva dentro de un despacho, a solas. Es importante que un juez tenga que enfrentar un juicio oral”.

Algunos de los delitos que contempla la ley, se inscriben en la categoría de delitos menores: agresiones leves -se pueden curar en menos de un mes, según evaluación médica- y el hurto simple -como los arrebatos en la vía pública-. Además, cualquier acto de desobediencia a los agentes policiales está considerado un delito flagrante.

Entre los delitos graves que abarca están el robo con arma -se prevé una pena de entre 5 y 15 años de prisión-, tentativa de femicidio y abuso sexual, bajo la figura de tentativa de violación.

Fuente: Voces por la justicia

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