Reforma del Código Penal: quieren prohibir la libertad condicional para delitos graves
Se
aplicaría también a todas las reincidencias. Figura en el proyecto elaborado
por expertos y que Macri presentará el 1° de marzo en el Congreso. Los
jueces tendrán menos flexibilidad para morigerar penas. Cambios para el aborto
y penas más duras por delitos viales, corrupción y narcotráfico.
Ministro de Justicia, Germán
Garavano, impulsor de la reforma del Código Penal y el endurecimiento de las
penas. Foto: Néstor García
Casi un
año después de que Mauricio Macri creara la comisión redactora, el Gobierno ya
tiene listo el anteproyecto de reforma del Código Penal, que -entre muchos
cambios trascedentes- endurece penas para la mayoría de delitos y limita el
beneficio de la libertad condicional y el margen de interpretación de los
jueces.
Clarín accedió
en exclusiva al borrador que la comisión, presidida por el juez de la Cámara de
Casación Penal Mariano Borinsky, le giró al ministro de Justicia, Germán
Garavano, al cabo de casi cincuenta reuniones plenarias en las que, además de
actualizar el vigente, tuvo que reunir en un solo texto los más de 900 parches que
sufrió en casi un siglo -data de 1921- con las leyes modificatorias.
Entre
tantos cambios, la comisión se enfocó en evitar uno de los reclamos de la
sociedad en torno a la Justicia: la discrecionalidad. "No puede ser que ante
un homicidio simple (tiene una pena de 8 a 25 años de prisión) haya un juez que
crea que son 9 años de cárcel y otro que diga que son 13", graficaban en
Justicia. Ahora, el margen quedará acotado, a partir de pautas precisas que se
incorporan para fijar las escalas penales. Por caso, en el inciso 4 del
artículo 40 del texto, se precisan las "circunstancias especialmente
agravantes" para que se tengan "en consideración el tercio superior
de la escala penal". Entre otros, figuran la vulnerabilidad de la víctima,
motivaciones de odio racial, religioso o político, discriminación y casos de
violencia de género, o la utilización de medios como armas de fuego.
También
se reduce el beneficio de la libertad condicional. Además de los reincidentes, no podrán
salir antes de cumplir la pena, los condenados por homicidio doloso, secuestro
extorsivo, trata de personas, tortura, desaparición forzada de personas,
terrorismo y por agresión sexual.
Para el
caso de los agresores sexuales, además, se incorpora un sistema novedoso, ya
habitual en otros países: la aplicación de un “seguimiento socio judicial” una
vez cumplida la condena, consistente en tratamientos de rehabilitación y
medidas de vigilancia electrónica, que puede prolongarse hasta un máximo de 10
años.
La
intención de la Casa Rosada es que Macri presente el proyecto en el Congreso el
1 de marzo, cuando inaugure las sesiones ordinarias, y fuera de un contexto
electoral confían en someterlo a debate a partir de abril. Afirman que el texto
reúne muchas de las propuestas que se volcaron en las mesas de trabajo que se
realizaron durante 2017. "Se tomó en cuenta el trabajo de las 17 comisiones que en el
pasado trabajaron para reformar el Código Penal, además de los proyectos
presentados en los últimos años -como el de Sergio Massa y el de Eugenio
Zaffaroni- y la voz de las provincias ONGs y universidades", resaltaron
desde la comisión.
El cuerpo
redactor estuvo integrado por juristas de diversas vertientes, como el
camarista, Carlos Mahiques; la jueza Patricia Marcela Llerena; el titular de la
Federación Argentina de la Magistratura, Víctor María Vélez; el procurador de
Salta, Pablo López Viñals; el juez de tribunal oral Guillermo Jorge Yacobucci;
la jueza Patricia Susana Ziffer, el fiscal Pablo Turano y el abogado Fernando
Córdoba.
En tanto,
por el Ejecutivo, en representación del Ministerio de Justicia intervino el
director de Política Criminal, Carlos González Guerra, mientras que también
participaron Guillermo Soares Gache (Seguridad) y Yael Bendel (Desarrollo
Social).
En un
contexto en el que hay decenas de causas por corrupción contra ex funcionarios K, la comisión
abordó el tema. Actualmente tiene penas muy bajas y excarcelables: el
enriquecimiento ilícito, el cohecho, las negociaciones incompatibles (1 a 6
años de prisión) y la malversación de caudales públicos (1 mes a 3 años).
Ahora, en el capítulo VI, se tipifican los “Delitos de corrupción cometidos por
funcionarios públicos", con una pena de 3 a diez años, que se elevará a
cuatro y doce años, respectivamente, en el caso de que el autor fuera el
Presidente o funcionarios de primera línea.
Por otro
lado, para reforzar el combate del narcotráfico, se eleva la pena en caso de que el
delito fuera cometido en el marco de una organización internacional: la pena
será prisión perpetua.
El
anteproyecto, que la comisión le presentará formalmente durante febrero a los
diputados y senadores, también introduce cambios en delitos con alta
sensibilidad social. Uno de ellos es el de los homicidios culposos por delitos viales. El texto
incorpora causales para agravar la pena -de 5 a 10 años- y que el delito no sea
excarcelable.
El otro
tema espinoso es el del aborto, un
debate que atraviesa todos los espacios políticos. Con el tema de fondo
pendiente, por primera vez, en el Código Penal se dejará precisado que no será
punible si el embarazo proviene de un abuso sexual.
En estos
casos, los cambios serán los siguientes:
Aborto.
Se
precisará que el aborto “no será punible” para todos los casos en que provenga
de un abuso sexual. Ahora el Código sólo lo admite si la mujer es “idiota o
demente”. Se barajó incluir los casos practicados “dentro de las doce semanas
desde la fecha presuntiva de la concepción”, cualquiera fuera el motivo, pero
no prosperó.
Delitos viales.
Endurecerán
penas para los homicidios culposos. El mínimo se elevará a 1 a 2 años de
prisión cuando fueran más de una las víctimas fatales. Y la pena será de 5 a 10
años cuando el conductor se diera a la fuga, estuviese drogado o alcoholizado,
condujera a alta velocidad, participara de picadas o violara un semáforo en
rojo.
Narcotráfico.
Habrá
penas más duras. Se dispone que “será reprimido con prisión perpetua” si los
actos de tráfico de drogas se cometen “en el marco de una organización
internacional”. Incorpora un punto clave contra el crimen organizado: el
decomiso anticipado de bienes y activos que hayan servido de instrumento o medio
en la comisión del delito.
Corrupción.
Se elevan las penas si el
involucrado fuera el Presidente, ministros, gobernadores o legisladores (iría
de 4 a 12 años de prisión). El delito de enriquecimiento ilícito se extiende
hasta 6 años después del cese en el cargo (el plazo llega ahora apenas a 2
años). También se agrega la figura del testaferro, con una pena similar.
Fuente: Clarín
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